Los inhibidores de frecuencia son dispositivos con la capacidad de interferir las comunicaciones mediante radiofrecuencia, lo que resulta en la interrupción de diversos servicios y redes de telecomunicaciones. Estos dispositivos afectan a una amplia gama de servicios, incluyendo la telefonía y datos móviles (5G, 4G, 3G, etc.), comunicaciones inalámbricas (Wi-Fi, Bluetooth, etc.), radiodifusión (TV y radio), así como a sistemas de navegación y geolocalización (GPS, Galileo).
La interferencia causada por los inhibidores de frecuencia puede tener un impacto negativo en servicios esenciales para la comunidad, como la comunicación de ambulancias, bomberos, fuerzas de seguridad, torres de control de puertos y aeropuertos, y llamadas móviles de emergencia, entre otros.
Es importante destacar que la Ley 11/2022 de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, en su artículo 106.9, considera una infracción muy grave la importación, comercialización, publicidad, cesión, instalación, tenencia, puesta en servicio o uso de dispositivos diseñados para generar interferencias en equipos, redes o servicios de telecomunicaciones. No obstante, esta infracción no se aplica cuando dichas actividades están justificadas por necesidades relacionadas con la seguridad pública, defensa nacional, seguridad nacional, navegación aérea, navegación marítima y seguridad en instituciones penitenciarias. La regulación de los mecanismos de autorización y control de estas actividades excepcionales se prevé mediante un real decreto.
Dado que, en términos generales, estas actividades no están permitidas en España hasta que se establezcan los mecanismos reglamentarios correspondientes, los operadores económicos que realicen importaciones, comercialización o publicidad de inhibidores de frecuencia sin la autorización pertinente podrán enfrentar la infracción calificada como muy grave en el artículo 106.9 de la mencionada Ley 11/2022.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales (SETELECO), encargada de supervisar el mercado de equipos de telecomunicación, tiene la facultad de tomar medidas legales y administrativas para prevenir la importación, comercialización y publicidad no autorizada de estos dispositivos. Entre las medidas contempladas, la ley permite la imposición de sanciones de hasta 20 millones de euros para los operadores económicos que cometan infracciones muy graves.
Por lo tanto, se informa al público en general que, a partir del 29 de junio de 2022, quedan prohibidas la importación, comercialización, publicidad, instalación, tenencia, puesta en servicio o uso de inhibidores de frecuencia en territorio español. Específicamente, se insta a los operadores económicos que estén llevando a cabo actividades no permitidas de importación, comercialización y publicidad de inhibidores de frecuencia a cesar dichas acciones de inmediato.